Las ayudas que se incluyen en la Solicitud Unificada de ayudas PAC 2016 son: Más información: https://goo.gl/BW0mcu Entidades colaboradoras Entidades colaboradoras 2016 (198 Kb) Manual de usuario de la entidade colaboradora SxaCap-2016 (3.8 Mb) Documentos de interés (versión en gallego) Cálculo del cumplimiento de Pago Verde V.09 (24/02/2016) (100 Kb) Documentación complementaria a presentar con las solicitudes 2016 (125 Kb) Modelo de autorización de firma (30 Kb) Modelo de cambio de titularidad entre cónyuges en régimen de bienes gananciales (50 Kb) Nota informativa Barbeito para superficie de interés ecológico (SIE) (70 Kb) Nota informativa Croquis superficie de interése ecológico (SIE) (40 Kb) Nota Interpretativa Concentración Parcelaria 2016 (93 Kb) Más información: https://goo.gl/BW0mcu Pagos directos En 2016, el conjunto de ayudas directas de la PAC se gestionará en el marco de la ORDEN de 29 de enero de 2016 (2.6 Mb) por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control. Relación provisional de pequeños agricultores De acuerdo al artículo 86 del Real decreto 1075/2014, del 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagados al desarrollo rural, los agricultores que en 2015 posean derechos de pago básico, en propiedad, usufructo o en arrendamiento y su importe total de pagos directos a percibir sea inferior a 1.250 euros quedarán incluido sautomáticamente por la autoridad competente en el régimen. Una vez realizado el cálculo provisional de las ayudas solicitadas de acuerdo al establecido en la Orden del 10 de marzo de 2015 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control, se establece que los agricultores indicados a continuación no superan los 1.250 euros de importe total de pagos directos a percibir y quedan identificados de forma provisional como Pequeño Agricultor. Relación de pequeños agricultores (100 Kb) La información relativa a los importes estimados se podrá consultar a través de la Oficina Agraria Virtual, utilizando el PIN, o en la siguiente web: www.fega.es La participación en el Régimen de Pequeños Agricultores tiene las siguientes ventajas: El importe total de pagos que finalmente se le calcule, será el total para percibir para la campaña y sustituirá a los que deban concederse de conformidad con el régimen de Pago Básico o mediante otras ayudas desacopladas y acopladas. Este importe será lo mismo siempre que permanezca adscrito al régimen de Pequeños Agricultores. Durante la participación en el régimen de Pequeños Agricultores deberá mantener el número de hectáreas admisibles correspondiente al número de derechos activados en el año 2015 y estos se considerarán derechos activados para todo el período de participación en el dicho régimen. En caso de no querer participar en el régimen de Pequeños Agricultores deberá notificar su decisión ante la Autoridad Competente durante el período de presentación de la solicitud única, implicando dicha renuncia no poder volver a solicitar su inclusión en el mismo. Más información: https://goo.gl/BW0mcu Desenvolvemento rural Cuaderno Agricultura Ecológica (260 Kb) Cuaderno Ganadería Ecológica (260 Kb) Cuaderno Gestión sostenible de pastos y extensificación del vacuno de leche (260 Kb) Anexo tipificación compromisos (314 Kb) Más información: https://goo.gl/BW0mcu Lugares y plazos El plazo de presentación de la solicitud única, para el año 2016, comienza el 1 de febrero y finalizará el día 15 de junio, ambos inclusive. Las personas que deseen obtener alguno de los pagos directos o de las ayudas de desarrollo rural deberán presentar una solicitud única. La solicitud única se presentará en la Comunidad Autónoma de Galicia dirigida a la persona titular de la dirección del FOGGA, cuando la explotación esté situada completamente en este territorio o si, estando situada en más de una comunidad autónoma, se encuentra en la Comunidad Autónoma de Galicia la mayor parte de la superficie agraria o el mayor número de animales, en el caso de no disponer de superficie. La presentación de la solicitud única se realizará sólo por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia – https://sede.xunta.es/detalle-procedemento?codCons=MR&codProc=250A&procedemento=MR250A – de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, del 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, del 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes Los solicitantes podrán optar por: Más información: https://goo.gl/BW0mcu Error: Formulario de contacto no encontrado.INSPECCION DE AYUDAS PAC
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